El sistema de recaudación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), tal como lo conocemos, tiene sus días contados, o mejor dicho, sus años, porque Bruselas propone un plazo, de al menos cinco años, para que el Consejo de Ministros de la UE apruebe, por unanimidad, una sola área de imposición, en la que el IVA se ingrese en el país origen de la mercancía o servicio.
La Comisión Europea, en su lucha contra el fraude fiscal, propone suprimir la exención de las ventas entre empresas de un país a otro. La empresa vendedora cargará el IVA según el tipo impositivo del país destino y lo ingresará en su Administración Tributaria. A esto se le suma una simplificación de los trámites burocráticos, con una sola declaración en la Hacienda del país vendedor.
Estos cambios entrarán en vigor en dos etapas:
- Primera: en la que se suprimirá la exención del IVA en las ventas transfronterizas: se propondrá la creación de un certificado de buena conducta fiscal para que los operadores puedan seguir realizando ventas sin cargar el IVA, y se creará una ventanilla única en cada país, para que las empresas tramiten el impuesto en su propio idioma y con el mismo formulario que para las operaciones nacionales (en España, el modelo 303). En 2018, mediante una directiva se fijará el nuevo sistema de recaudación, que posteriormente se trasladará al ordenamiento jurídico de los estados miembros.
- Segunda: Tras evaluar el impacto de los cambios legales en el comercio transfronterizo de bienes, si esta valoración es positiva, se pasará también a aplicar en la prestación transfronteriza de servicios.
Bruselas, siendo optimista, espera que se complete este proceso en el 2022, pero si existe un tema delicado en la toma de decisiones para los estados miembros de la Unión Europea, es la materia fiscal.